Sentencia N° 1298 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1298, Exp. 14-0897, 07/10/2014
Expediente14-0897
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-07
DecisiónORDENA oficiar al Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Resumen
La ciudadana Adelaira Contreras González presentó una acción de amparo constitucional contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, debido a la falta de pronunciamiento sobre un recurso de apelación interpuesto. La Sala Constitucional, tras analizar el caso, decidió oficiar al Presidente del Circuito Judicial Penal para que remita un informe sobre el trámite del recurso de apelación. La decisión busca garantizar la tutela efectiva de los derechos constitucionales de la demandante.
Extracto de la motiva
Bajo estos supuestos, esta Sala, previo a cualquier decisión en cuanto a la admisión de la presente acción de amparo, y en aras de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de ambas partes, a tenor de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y en la jurisprudencia de la Sala establecida en la sentencia n.° 522, de fecha 08 de junio de 2000, caso: Rafael Marante Oviedo, estima necesario oficiar al Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más nueve (09) días del término de la distancia correspondiente, remita a esta Sala informe pormenorizado, con prueba certificada de ello, del trámite dado al recurso de apelación ejercido, el 11 de julio de 2014, por la ciudadana Adelaira Contreras González, según su dicho: (…) por el extraño hecho de que el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 8 (…) regresó el expediente a fiscalía (sic) del caso donde yo he sido víctima de estafa” (…), cursante en la causa identificada con el alfanumérico Aa-SP21-R-2014-208 (de la nomenclatura de esa Corte).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más nueve (09) días del término de la distancia correspondiente, remita a esta Sala informe pormenorizado, con prueba certificada de ello, del trámite dado al recurso de apelación ejercido, el 11 de julio de 2014, por la ciudadana Adelaira Contreras González, según su dicho: (…) por el extraño hecho de que el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 8 (…) regresó el expediente a fiscalía (sic) del caso donde yo he sido víctima de estafa” (…), cursante en la causa identificada con el alfanumérico Aa-SP21-R-2014-208 (de la nomenclatura de esa Corte) “so pena” de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.