Sentencia N° 1297 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1297, Exp. 14-0885, 07/10/2014
Expediente14-0885
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-07
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por el abogado Luis Paz Caizedo en representación de Jaime Alberto Mandique Romero, contra la decisión de la Sala n.° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales durante el proceso penal por homicidio calificado. La Sala Constitucional concluyó que no se configuraron las violaciones alegadas y que la actuación de la Corte de Apelaciones se enmarcó dentro de su competencia.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia, del examen de la decisión impugnada, que la misma no adolece de visos de inconstitucionalidad que hagan procedente su nulidad, toda vez que, de los alegatos expuestos por el abogado Luis Paz Caizedo, respecto a los hechos de los cuales trata de colegir la violación constitucional, lo que se desprende es que los mismos están dirigidos a evidenciar el presunto error en el cual incurrió la Sala n.° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, al ordenarle al juez de primera instancia que conociera nuevamente del juicio, y que, al retrotraer la causa al estado anterior a la realización del juicio, debía hacer efectiva la detención del ciudadano Jaime Alberto Mandique Romero por su presunta participación en la comisión de los delitos de homicidio calificado por motivos fútiles y uso indebido de arma de fuego, como consecuencia de la declaración de “con lugar” de las apelaciones ejercidas por la representación del Ministerio Público y del apoderado de la parte querellante, contra la decisión n.° 035-13, del 13 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del señalado Circuito Judicial Penal, que declaró “inculpable” al citado ciudadano.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, in limine litis, la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Paz Caizedo, actuando como defensor privado del ciudadano JAIME ALBERTO MANDIQUE ROMERO, contra la decisión n.° 003-25, dictada el 27 de marzo de 2014, por la Sala n.° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.

Palabras clave

extralimitacionderechosdebido procesosentenciajusticiamedidas cautelares

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca