Sentencia N° 1297 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1297, Exp. 07-0660, 26/06/2007
Expediente07-0660
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-06-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo interpuesta por Francisco Catalino Flores contra una decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La Sala declaró inadmisible la acción debido a la falta de consignación de copia de la sentencia impugnada, lo que impidió verificar la existencia y contenido de la decisión cuestionada. Se reiteró que la falta de presentación de documentos esenciales para la admisión de la acción de amparo acarrea su inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

La Sala debe en primer lugar determinar su competencia, para conocer de la acción de amparo en virtud de la declinatoria de competencia efectuada. En el caso de autos, la sentencia contra la cual se ejerce la presente acción, ha sido dictada el 5 de febrero de 2007, por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. Esta Sala resulta competente para conocer de la presente acción, en una única instancia, y así se declara. Una vez asumida la competencia, se observa que el accionante no consignó copia simple o certificada de la decisión dictada el 5 de febrero de 2007, lo que hace que la acción de amparo resulte inadmisible. El incumplimiento de dicha obligación legal acarrea una situación desfavorable para el accionante, que es la declaratoria de inadmisibilidad de la acción. La Sala reitera su criterio de que la falta de consignación de copia del acto jurisdiccional objeto de la demanda acarrea su inadmisibilidad, ya que resulta imposible para el juez formarse opinión acerca del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Amparo.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE para conocer de la presente causa y declara INADMISIBLE la acción de amparo incoada por el ciudadano Francisco Catalino Flores contra la decisión dictada el 5 de febrero de 2007, por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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