Sentencia N° 1296 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1296, Exp. 02-2588, 21/05/2003
Expediente02-2588
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2003-05-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre la solicitud de extensión de una medida cautelar innominada presentada por el Alcalde del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en relación a un proceso penal en su contra. Se argumenta que la causa penal está relacionada con la revisión de una sentencia anterior que declaró con lugar un recurso contencioso administrativo. La Sala considera que la extensión de la medida cautelar es procedente para evitar daños irreparables a la parte accionante.

Extracto de la motiva

Visto que la causa penal que se le sigue al referido Alcalde del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui está íntimamente relacionada con la solicitud de revisión a que se ha hecho referencia y que de dictarse sentencia en el juicio penal antes señalado, se le podría causar daños a la parte accionante que serían de imposible reparación por la sentencia que se produzca en este proceso, esta Sala estima, luego del análisis de la situación de autos y en consonancia con lo establecido en sentencia del 24 de marzo de 2000 (caso Corporación L’ Hotels C.A.), que resulta procedente la extensión de la medida cautelar innominada a la causa penal que se le sigue al referido ciudadano.

Dispositiva

En consecuencia, se ORDENA suspender la audiencia preliminar convocada por el Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para el 22 de mayo de 2003, hasta tanto esta Sala resuelva la presente solicitud de revisión. Así se declara.

Palabras clave

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