Sentencia N° 1295 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1295, Exp. 03-1038, 21/05/2003
Expediente03-1038
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-05-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de una demanda de amparo constitucional presentada por el abogado Teodoro Correa en representación de varios ciudadanos. La Sala observó que la demanda no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, específicamente en lo que respecta a la identificación y poder de los supuestos agraviados. Por lo tanto, se ordenó a los ciudadanos que corrigieran su demanda en un plazo de 48 horas.
Extracto de la motiva
Observa esta Sala que el escrito continente de la demanda de amparo que presentó el abogado Teodoro Correa como supuesto representante de los ciudadanos Edilio Ramón Riera, Susana Valderrama de González, Pancracio Montesano, Luis Piñero Román, Edgar González Moreno, Juan Ramón Aparicio, Aura Cecilia Morillo, Arnaldo Castillo, Eligio Alzaque Castillo, Eugenio José Domínguez Rojas, Crispiniano Sarmiento y Julio César Cuadrado, no cumple con los requisitos que establece el artículo 18, cardinales 1 y 2, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, específicamente en lo que se refiere a los datos concernientes a la identificación, domicilio y residencia de los supuestos agraviados, así como del poder que supuestamente le confirieron los querellantes al referido profesional del derecho, el cual no consta en autos. Tales deficiencias impiden a esta Sala pronunciarse sobre la admisibilidad de la demanda y la medida cautelar que fue solicitada, por lo que de conformidad con lo que establece el artículo 19 Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con lo que dispone el artículo 18, cardinales 1 y 2 eiusdem, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ORDENA a los ciudadanos EDILIO RAMÓN RIERA, SUSANA VALDERRAMA DE GONZÁLEZ, PANCRACIO MONTESANO, LUIS PIÑERO ROMÁN, EDGAR GONZÁLEZ MORENO, JUAN RAMÓN APARICIO, AURA CECILIA MORILLO, ARNALDO CASTILLO, ELIGIO ALZAQUE CASTILLO, EUGENIO JOSÉ DOMÍNGUEZ ROJAS, CRISPINIANO SARMIENTO y JULIO CÉSAR CUADRADO, que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la última de sus notificaciones, más el término de la distancia si lo hubiere, CORRIJAN SU DEMANDA DE AMPARO en el sentido de que den cumplimiento a los requerimientos que establece el artículo 18, cardinales 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y a tal efecto señalen los datos concernientes a su identificación, domicilio y residencia, así como del poder que supuestamente le confirieron al abogado Teodoro Correa, el cual deberán consignar a los autos o en su defecto convalidar las actuaciones del referido profesional del derecho en este juicio.
Dispositiva
ORDENA a los ciudadanos EDILIO RAMÓN RIERA, SUSANA VALDERRAMA DE GONZÁLEZ, PANCRACIO MONTESANO, LUIS PIÑERO ROMÁN, EDGAR GONZÁLEZ MORENO, JUAN RAMÓN APARICIO, AURA CECILIA MORILLO, ARNALDO CASTILLO, ELIGIO ALZAQUE CASTILLO, EUGENIO JOSÉ DOMÍNGUEZ ROJAS, CRISPINIANO SARMIENTO y JULIO CÉSAR CUADRADO, que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la última de sus notificaciones, más el término de la distancia si lo hubiere, CORRIJAN SU DEMANDA DE AMPARO en el sentido de que den cumplimiento a los requerimientos que establece el artículo 18, cardinales 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y a tal efecto señalen los datos concernientes a su identificación, domicilio y residencia, así como del poder que supuestamente le confirieron al abogado Teodoro Correa, el cual deberán consignar a los autos o en su defecto convalidar las actuaciones del referido profesional del derecho en este juicio.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadderecho al debido procesoidentificación de agraviadospoder del abogadoLey Orgánica de Amparorequisitos de la demanda