Sentencia N° 1292 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1292, Exp. 09-0811, 07/10/2009
Expediente09-0811
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-10-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 7 de octubre de 2009, dictó una decisión en relación a un amparo constitucional interpuesto por el abogado Julio Cáceres Gamboa en representación de Jesús Alberto Hernández Mariño. Este amparo fue solicitado contra sentencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que habían decidido sobre la apelación en un caso penal por ocultamiento de sustancias estupefacientes. La Sala ordenó al Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida que informara si se había celebrado la audiencia de juicio correspondiente y, en caso afirmativo, que remitiera copia certificada del acta de audiencia y de la sentencia dictada. Se advirtió que el incumplimiento de esta orden podría acarrear sanciones conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, la decisión fue firmada por el Magistrado Ponente Arcadio Delgado Rosales y otros magistrados, y se ordenó su publicación y registro.

Extracto de la motiva

Visto que, el 16 de julio de 2009, se recibió escrito contentivo de la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el abogado Julio Cáceres Gamboa, actuando con el carácter de Defensor Público Sexto de la Unidad de Defensa Pública de Mérida, en representación del ciudadano JESÚS ALBERTO HERNÁNDEZ MARIÑO, titular de la cédula de identidad No. 17.130.088, contra la sentencia dictada el 3 de febrero de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, mediante la cual se acogió al lapso establecido en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal para decidir el fondo del recurso de apelación ante la inasistencia de las partes a la audiencia; y contra la sentencia dictada el 2 de junio de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, mediante la cual declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia absolutoria dictada el 27 de noviembre de 2001 por el Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y ordenó la realización de un nuevo juicio, en la causa penal N° LGO1-R-2001-000015 seguida contra su representado por la presunta comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas con fines de distribución, en perjuicio del Estado venezolano.

Dispositiva

En consecuencia, esta Sala ORDENA al Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida informar dentro de los cinco días siguientes a la notificación del presente auto más el término de la distancia, si ya se celebró la audiencia de juicio en la causa penal seguida contra el accionante y, si ese fuere el caso, remita copia certificada del acta de audiencia, de la sentencia dictada y de los recursos interpuestos. Al respecto, esta Sala considera forzoso advertir que el incumplimiento de la orden contenida en la presente decisión dará lugar a la imposición de la sanción prevista en el artículo 23, cardinal 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

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