Sentencia N° 1290 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1290, Exp. 21-0719, 15/08/2023
Expediente21-0719
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de amparo constitucional presentada por el abogado David José Páez Martínez en nombre de su defendida, Sonia Cermeño de Soyano, alegando violaciones a sus derechos al debido proceso. La solicitud fue interpuesta vía correo electrónico, pero no fue ratificada dentro del plazo establecido por la ley, lo que llevó a la Sala a declarar la acción inadmisible. La decisión enfatiza la importancia de la ratificación personal de la solicitud para su validez.

Extracto de la motiva

Por tal motivo, visto que consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta vía correo electrónico fue ratificada mediante un oficio enviado por correo y no en la forma prevista en la norma supra señalada, la precitada solicitud debe declararse inadmisible (…)”. (Subrayado del presente fallo).

Dispositiva

Se ORDENA notificar al abogado en ejercicio, David José Páez Martínez, quien manifestó actuar como abogado defensor de la ciudadana SONIA CERMEÑO de SOYANO, con el objeto de que comparezca a esta Sala, a los fines de ratificar personalmente la acción de amparo que ha sido incoada a través de correo electrónico, así como a consignar los documentos fundamentales para verificar su admisibilidad, en el lapso de los tres (3) días de despacho siguientes a su notificación, más seis (6) días que se le conceden por el término de la distancia, con la advertencia de que en caso contrario su demanda será declarada inadmisible.

Palabras clave

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