Sentencia N° 1285 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1285, Exp. 07-0451, 25/06/2007
Expediente07-0451
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La ciudadana María Ivonne Vega de Díaz interpuso un recurso de amparo constitucional y un recurso contencioso administrativo de anulación contra una resolución del Contralor General de la República. La Sala Constitucional, al revisar el escrito, observó que no se precisaba el tipo de acción que se estaba ejerciendo. Por ello, se ordenó notificar a la recurrente para que en un plazo de dos días aclare si se trata de un amparo o un recurso de nulidad con solicitud de amparo cautelar. Se advirtió que de no corregir la acción, esta sería declarada inadmisible.
Extracto de la motiva
Se advierte a la aludida ciudadana María Ivonne Vega De Díaz que de no efectuar la corrección ordenada, la presente acción se declarará inadmisible de conformidad con lo establecido en los artículos 19 aparte 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así se decide.
Dispositiva
ORDENA, de conformidad con los artículos 21 aparte 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, notificar a la ciudadana María Ivonne Vega De Díaz, para que, en un lapso de dos (2) días a partir de la notificación del presente auto, precise con exactitud el tipo de acción que está ejerciendo, particularmente, si se trata de una acción de amparo contra los actos del Contralor General de la República, o bien un recurso de nulidad con solicitud de amparo cautelar.
Palabras clave
recurso de amparoinhabilitaciónContralor Generalnulidadacción constitucionaladmisibilidadderechosgarantías