Sentencia N° 1283 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 1283, Exp. 23-1215, 05/12/2024
Expediente23-1215
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-12-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Jackson Iván Marín Guevara en defensa de Freddy Alexander Volcán Manzanilla, debido a la supuesta omisión de pronunciamiento de la Corte de Apelaciones. Se argumenta que la solicitud de copias certificadas fue tramitada adecuadamente y que la situación alegada como infringida ya había cesado. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
Esta defensa con base en las explicadas razones, concluye que, en el presente caso, el Tribunal Agraviante ha generado un estado de indefensión en contra de mi defendido y de esta Defensa Técnica, por abstención o conducta omisiva referida exclusivamente a la omisión de pronunciamiento respecto a la Solicitud de Copias Certificadas interpuesta por la defensa en fecha 19 de Octubre de 2022 y ratificada en fecha 25 de Octubre de 2023, por Correo Institucional. Sin que exista una repuesta oportuna por lo que se mantiene aun flagrante la vulneración al derecho de petición y a una oportuna y adecuada respuesta, lo que limita el derecho a ejercer los recursos correspondientes, lo cual, en definitiva, justifican el ejercicio para interponer la presente Acción de Amparo Constitucional. Aunado a lo precedentemente expuesto, precisó que: “(…) ciudadanos Magistrados es que el agraviante, ha omitido pronunciarse sin justificación alguna a lo solicitado por el infrascrito, soslayando el agraviante con tal OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, garantías y derechos Constitucionales que me asisten, y de las que esta constreñido a decidir el agraviante conforme a la Ley una omisión total de pronunciamiento a lo peticionado por parte del agraviante, apartándose indefectiblemente de su obligación de decidir conforme a lo peticionado por la defensas, soslayando con tal silencio u omisión una de las mayores garantías establecidas en nuestro ordenamiento jurídico, (…)”.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jackson Iván Marín Guevara.
Palabras clave
amparoomisión de pronunciamientoderechos constitucionales