Sentencia N° 1280 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de marzo de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1280, Exp. 11-1005, 05/10/2012
Expediente11-1005
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-03-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nro. 252, declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la demanda de amparo constitucional interpuesta por José Ignacio González Briceño. Se impone una multa de cinco bolívares a la parte actora y se ordena remitir copia certificada de la decisión al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados para establecer responsabilidades disciplinarias. Además, se archiva el expediente correspondiente debido a que la causa ya se encuentra decidida.
Extracto de la motiva
Esta Sala verifica que entre las actuaciones que fueron remitidas por el abogado José Ignacio González, suficientemente identificado, se evidencia que la causa ya se encuentra decidida, motivo por el cual se debió anexar las respectivas diligencias con sus anexos al expediente 2009-0072, y ordenar el archivo correspondiente. Por tal razón, esta Sala ordena: archivar el presente expediente.
Dispositiva
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, en la demanda de amparo constitucional interpuesta por el abogado JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ BRICEÑO. SEGUNDO: Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos. La sancionada deberá acreditar, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, el pago mediante la consignación del comprobante ante esta Sala Constitucional. TERCERO: ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de adscripción del profesional del Derecho José Ignacio González Briceño, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.728, para que se inicie el respectivo procedimiento a fin de establecer las responsabilidades disciplinarias correspondientes.