Sentencia N° 128 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0128, Exp. 21-0759, 03/06/2022
Expediente21-0759
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-06-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de junio de 2022, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Ernesto José Ramírez y Jafeth Vicente Pons Briñez, en representación del ciudadano Kevin Elías Quintero Arévalo, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en que existían medios ordinarios para resolver la situación jurídica alegada como infringida, lo que hacía inadmisible la acción de amparo. Además, se destacó que la falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones no constituía un agravio suficiente para admitir el amparo, ya que el demandante tenía a su disposición el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

motivación ni justificación táctica ni de derecho, a privar de libertad a mi mencionado defendido y a otras tres personas, endilgándoles la supuesta comisión de los ilícitos nombrados, pretendiendo justificar tal falta de motivación”. Que, “para el día de hoy viernes veinticuatro (24) de Septiembre de 2021 (veinte días después de la audiencia de presentación y calificación de flagrancia y privación de libertad), aún no ha sido publicado el auto íntegro contentivo de las razones de hecho y de derecho que en fecha 04 de Septiembre de 2021 llevaron a persuadir a la Juzgadora de Primera Instancia, de calificar la flagrancia en la aprehensión de mi defendido, de acoger los tipos penales objeto de la imputación en su contra, y de la medida de coerción personal privativa de libertad que le fue impuesta”. Que, “(s)in embargo, Ciudadanos (sic) Jueces de la Corte, esta ausencia de razones que llevaron a la aprehensión de mi defendido no termina allí. De la lectura minuciosa del Expediente (sic) se aprecia que el Ciudadano (sic) Fiscal Auxiliar 29 del Ministerio Público de esta

Dispositiva

Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Ernesto José Ramírez y Jafeth Vicente Pons Briñez, actuando en su carácter de defensores privados del ciudadano Kevin Elías Quintero Arévalo, contra la decisión dictada, el 28 de septiembre de 2021, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; en consecuencia se CONFIRMA la decisión dictada, por la referida Corte de Apelaciones que declaró inadmisible, la acción de amparo constitucional interpuesto de conformidad con el (numeral 5) del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalLibertad PersonalDebido ProcesoCorte de ApelacionesTáchira

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