Sentencia N° 128 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 128, Exp. 04-1747, 02/03/2005
Expediente04-1747
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-03-02
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Joel Gómez en representación de Daves Antonio Ochoa Sequera, contra la decisión de la Sala No. 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La Sala determina su competencia y establece que la acción de amparo no cumple con los requisitos necesarios para su procedencia, ya que la Corte de Apelaciones actuó dentro de su ámbito de competencia y no violó derechos constitucionales.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE –in limine litis- el amparo constitucional ejercido por el abogado JOSÉ JOEL GÓMEZ, actuando como defensor del ciudadano DAVES ANTONIO OCHOA SEQUERA, contra la decisión dictada por la Sala No. 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 13 de mayo de 2004. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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