Sentencia N° 1278 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1278, Exp. 05-1237, 25/06/2007
Expediente05-1237
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono de trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional por abandono de trámite. La acción fue presentada por el abogado Héctor Luis Velásquez Chávez en representación de Efraín José Contreras Sánchez, en contra de un fallo del Juzgado Superior Noveno que declaró sin lugar la apelación interpuesta por Lisette Fagré y con lugar la adhesión de Aura Marina Solórzano. La Sala observó que habían transcurrido más de seis meses sin que la parte actora realizara acto alguno que manifestara su interés en continuar con el amparo, lo que llevó a declarar el abandono del trámite.
Extracto de la motiva
La Sala observa que han transcurrido más de seis meses desde la solicitud de tutela constitucional sin que en el transcurso de ese tiempo la parte actora haya realizado, directamente o a través de sus apoderados judiciales, acto alguno de procedimiento que manifieste su interés en la continuación del presente amparo. En tal sentido, en el caso de autos ha transcurrido en fase de admisión durante la práctica de las notificaciones previo a la audiencia oral íntegramente el lapso de seis meses, a los cuales se refiere la decisión en cuestión, sin que la parte actora haya realizado acto alguno que desvirtúe la presunción de abandono que revela su inactividad, ni tampoco se observa vulneración del orden público, por lo que resulta forzoso para esta Sala declarar el abandonado de trámite de la presente acción de amparo por parte del quejoso, en consecuencia, terminado el procedimiento.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono de trámite de la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada por el abogado Héctor Luis Velásquez Chávez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.406, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EFRAÍN JOSÉ CONTRERAS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.154.887, contra el fallo del 23 de mayo de 2005, dictado por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por la ciudadana Lisette Fagré y con lugar la adhesión a la apelación formulada por la ciudadana Aura Marina Solórzano Bernáez, -tercera interesada-, contra la decisión del 24 de noviembre de 2004 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que acordó la inclusión del “(…) monto correspondiente a la reserva por lo referido a las costas procesales”, referidas al juicio que por cobro de bolívares por vía ejecutiva sigue la ciudadana Aura Marina Solórzano Bernáez contra la ciudadana Nyurka Altuve D’Andrea, todo en el marco del juicio que por cumplimiento de contrato sigue la ciudadana Lisette Fagré contra la referida demandada.
Palabras clave
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