Sentencia N° 1278 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de junio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1278, Exp. 01-1818, 12/06/2002
Expediente01-1818
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo y no ha lugar el recurso de revisión interpuestos por los ciudadanos Ramón Toro León y Cruz de los Santos Lares Luna. La decisión se basa en que la acción de amparo no es procedente contra sentencias de la Corte Suprema de Justicia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
En primer lugar, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la presente acción de amparo y al efecto se observa que, en el presente caso, se pretende el ejercicio de una acción de amparo contra una sentencia dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual declaró sin lugar el recurso de casación ejercido por los ciudadanos Ramón Toro León y Cruz de los Santos Lares Luna. Ahora bien, el artículo 6 numeral 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece claramente que: “Art. 6.- No se admitirá la acción de amparo: 6) Cuando se trate de decisiones emanadas de la Corte Suprema de Justicia.” En consecuencia, de conformidad con el artículo anteriormente transcrito, lo ajustado a derecho es declarar inadmisible la presente acción de amparo constitucional y así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo y NO HA LUGAR el recurso de revisión, interpuestos en forma conjunta el 13 de agosto de 2001, por el abogado ALBERTO MILIANI BALZA, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos RAMÓN TORO LEÓN y CRUZ DE LOS SANTOS LARES LUNA, contra la sentencia dictada el 21 de septiembre de 2000, por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
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