Sentencia N° 1277 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1277, Exp. 24-0977, 06/08/2025
Expediente24-0977
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-08-06
DecisiónANULA DE OFICIO, la decisión dictada el 27 de septiembre de 2024, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia relacionado con una acción de amparo constitucional presentada por varios ciudadanos contra un juzgado de trabajo. La acción se originó por la negativa del juzgado a fijar la oportunidad para la ejecución de una orden de reenganche. La Sala declaró que no existía conflicto de competencia y anuló la decisión del Juzgado Tercero Superior que había anulado un fallo anterior del Juzgado Segundo de Primera Instancia, el cual se había declarado incompetente para conocer el caso. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Tercero Superior del Trabajo para su conocimiento.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR El 26 de septiembre de 2024, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, se declaró incompetente para conocer y resolver la presente acción de amparo constitucional, declinando la competencia en el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, ordenando en consecuencia la remisión del expediente a dicho Juzgado Superior, argumentando lo siguiente: “(omissis) En este sentido, Este (sic) Tribunal, debe previamente determinar su competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional:

Dispositiva

PRIMERO: Que en el presente caso NO EXISTE CONFLICTO DE COMPETENCIA QUE RESOLVER. SEGUNDO: ANULA DE OFICIO, la decisión dictada el 27 de septiembre de 2024, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre. TERCERO: Se ORDENA la remisión inmediata del presente expediente, al Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.

Palabras clave

competenciaamparotribunalesderechosgarantíasjurisdicción

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