Sentencia N° 1275 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1275, Exp. 11-0997, 07/10/2013
Expediente11-0997
PonenteGLADYS MARÍA GUTIERREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-07
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite de la demanda de amparo constitucional interpuesta por Jorge Piñeiro Pérez. Se impone una multa de cinco bolívares a la parte actora por la inacción prolongada en el proceso, que se considera un abandono del trámite. La decisión se fundamenta en la falta de actividad procesal durante más de seis meses, lo que conlleva a la extinción de la instancia.

Extracto de la motiva

El abandono del trámite a que se refiere el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales puede asumirse –entre otros supuestos, como la falta de comparecencia a la audiencia constitucional- una vez transcurrido un lapso de seis meses posteriores a la paralización de la causa por falta de interés procesal de la parte actora. Ello es producto del reconocimiento, a partir de signos inequívocos –el abandono, precisamente- de que dicha parte ha renunciado, al menos respecto a esa causa y a este medio procesal, a la tutela judicial efectiva y al derecho a una pronta decisión que le confiere la Constitución; por otra parte, y desde otro punto de vista, el principio de la tutela judicial efectiva no ampara la desidia o la inactividad procesal de las partes.

Dispositiva

1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite de la demanda de amparo constitucional que incoó el ciudadano JORGE PIÑEIRO PÉREZ, contra la sentencia definitiva que dictó, el 3 de mayo de 2011, el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de amparo constitucional que siguió la sociedad mercantil Administradora C.B.A. C.A. contra la sentencia del 1° de junio de 2010, emitida por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- IMPONE al ciudadano JORGE PIÑEIRO PÉREZ una multa de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas del Banco Central de Venezuela. 3.- Se ORDENA: 3.1.- Notificar esta decisión al Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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