Sentencia N° 1274 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1274, Exp. 14-0749, 07/10/2014
Expediente14-0749
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2014-10-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo interpuesta por Tatiana Kaduszkiewicz de Jakowlew contra decisiones de un Juzgado de Primera Instancia que ordenó la ejecución de una sentencia interdictal. La Sala concluyó que la apelación era inadmisible, ya que la situación jurídica infringida no podía ser restablecida, dado que la parte demandada ya estaba en posesión del bien disputado. Se revocó el fallo del Juzgado Superior Cuarto que había declarado parcialmente con lugar la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional tiene como finalidad proteger situaciones jurídicas infringidas en las cuales se encuentren envueltos derechos constitucionales. Así, una de las características es tener una naturaleza restablecedora y que los efectos producidos por la misma son restitutorios, sin existir la posibilidad de que a través de ella, pueda crearse, modificarse o extinguirse una situación jurídica preexistente, en razón de lo cual, la acción de amparo no procede cuando no pueda restablecerse la situación jurídica infringida, esto es cuando no puedan retrotraerse las situaciones de hecho a la condición que poseía antes de producirse la violación denunciada.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta, REVOCA el fallo del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y declara INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Walter Elías García, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana TATIANA KADUSZKIEWICZ DE JAKOWLEW, ya identificados, contra las decisiones dictadas el 6 de noviembre de 2013, 28 de enero de 2014, 17 de febrero de 2014 y 7 de marzo de 2014, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
derecho a la defensadebido procesoapelaciónejecución de sentenciaerror interpretativonulidaddoctrinatribunal