Sentencia N° 1274 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1274, Exp. 13-0702, 07/10/2013
Expediente13-0702
PonenteGLADYS MARIA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Iván Ramones en representación del ciudadano César Velásquez. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de poder suficiente del abogado para actuar en nombre del demandante, ya que el poder otorgado apud acta solo es válido para el juicio en el que fue conferido y no para la solicitud de revisión. La Sala reitera que la representación sin poder solo puede ser asumida en casos específicos según el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
La circunstancia que antecede impide a esta Sala tener la indispensable certeza acerca de la voluntad de quien se señala como parte actora, tanto en lo que concierne a la representación de quien funge como su apoderado, como en lo que toca al ejercicio mismo de la demanda. En particular, la incertidumbre acerca de la voluntad del presunto agraviado impide a la Sala formarse criterio acerca de la presente demanda, visto que no se sabe a ciencia cierta si cabe atribuir al presunto agraviado los dichos de quien funge como su representante. Por otra parte, yerra la abogada Carpio al sostener que se trata ‘del mismo juicio para el cual se (le) otorgó el Poder apud acta, no de otro distinto, en una instancia extraordinaria como es la de la Sala Constitucional...’. El juicio de amparo, es muy por el contrario, un proceso distinto del ordinario en el que se produce la sentencia impugnada, en el que deben ventilarse, exclusivamente violaciones a derechos fundamentales y no, en tercera instancia, el mismo asunto decidido por los tribunales de instancia.
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional que interpuso el abogado Iván Ramones en supuesto carácter de apoderado judicial del ciudadano César Velásquez, el 31 de julio de 2013, contra la sentencia que dictó el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz, el 27 de febrero de 2013. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.