Sentencia N° 1268 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de julio de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1268, Exp. 03-2756, 06/07/2004
Expediente03-2756
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-07-06
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró incompetente para conocer la demanda de nulidad presentada por la abogada Yolanda Mercedes Martínez del Moral. La demanda se refería a un acto administrativo de la Comisión Judicial de la Sala Plena que dejó sin efecto sus designaciones en cargos judiciales. La Sala determinó que la competencia correspondía a la Sala Político-Administrativa, dado que el acto impugnado era de naturaleza administrativa y no constitucional.
Extracto de la motiva
Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la demanda de nulidad que intentó la abogado YOLANDA MERCEDES MARTÍNEZ DEL MORAL, con la asistencia del abogado Ernesto Mathison Morillo, contra el acto que contiene el oficio n° TPE-02-1667 de 2 de octubre de 2002, de la Comisión Judicial de la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le informó la decisión de esa Comisión de “dejar sin efecto sus designaciones en los cargos de Jueza Accidental, Suplente Especial, o Conjuez de cualquier Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo”. En consecuencia, se DECLINA la competencia en la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, a la cual se ordena la remisión inmediata del expediente.
Dispositiva
Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la demanda de nulidad que intentó la abogado YOLANDA MERCEDES MARTÍNEZ DEL MORAL, con la asistencia del abogado Ernesto Mathison Morillo, contra el acto que contiene el oficio n° TPE-02-1667 de 2 de octubre de 2002, de la Comisión Judicial de la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le informó la decisión de esa Comisión de “dejar sin efecto sus designaciones en los cargos de Jueza Accidental, Suplente Especial, o Conjuez de cualquier Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo”. En consecuencia, se DECLINA la competencia en la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, a la cual se ordena la remisión inmediata del expediente.
Palabras clave
nulidadacto administrativocompetenciatribunal supremoderecho a la defensadebido procesocomisión judicialsala político-administrativa