Sentencia N° 1267 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1267, Exp. 23-0990, 06/08/2025
Expediente23-0990
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-05-08
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Alberto Palazzi Octavio en representación de Frank Briceño Fortique. La solicitud se fundamenta en la supuesta violación de normas de orden público en la sentencia N° 646 dictada el 8 de mayo de 2025, que había declarado inadmisible la revisión de una sentencia anterior. La Sala considera que la aclaratoria no es procedente ya que no se evidencian ambigüedades en la sentencia original.
Extracto de la motiva
De acuerdo a los señalamientos previamente expuestos, a decir del solicitante esta Sala Constitucional, debe volver a decidir sobre el asunto ya decidido en sentencia de esta misma Sala Constitucional, pretendiendo con esto que se fije un nuevo pronunciamiento sobre el fondo de una controversia ya decidida, en clara violación a la prohibición legal de volver a decidir sobre el asunto ya decidido por una sentencia, en virtud de ello, se hace necesario resaltar que la misma reviste carácter de orden público pues ella está dirigida al mantenimiento del orden jurisdiccional, garantía de la tranquilidad ciudadana, el respeto mutuo y la paz colectiva que se deriva de la seguridad jurídica que dimana de la no perpetuidad del procedimiento de cognición instruido en sede judicial. En efecto, esta Sala ha establecido, en múltiples oportunidades, que la posibilidad de aclarar o ampliar la sentencia tiene como propósito enmendar los errores materiales, dudas u omisiones que presente, pero con la advertencia de que dicha facultad no se extiende hasta la revocatoria o reforma del fallo, sino a corregir las imperfecciones que le resten claridad a sus declaraciones. De manera que, cuando el solicitante cuestiona dicha decisión, manifiesta en su argumentación que esta Sala ha debido decidir de forma distinta a la que se sentenció, ignorando la naturaleza de la aclaratoria, pues no destaca ambigüedad ni oscuridad alguna en la sentencia número 646 dictada por esta Sala el 8 de mayo de 2025, que amerite su corrección o ampliación. En virtud de lo expuesto, se concluye que la solicitud de aclaratoria presentada desborda la finalidad perseguida por dicha figura, por lo que resulta forzoso para esta Sala declararla improcedente. Así se declara.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria efectuada por el abogado Alberto Palazzi Octavio, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANK BRICEÑO FORTIQUE, de la sentencia número 646 dictada por esta Sala el 8 de mayo de 2025.