Sentencia N° 1265 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de septiembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1265, Exp. 05-1853, 05/08/2008
Expediente05-1853
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2005-09-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Ziomara del Socorro Lucena Guédez contra actos administrativos del Contralor General de la República. La Sala consideró que la resolución impugnada violaba derechos fundamentales, como el derecho a la defensa y el debido proceso, al aplicar sanciones sin el debido procedimiento. Se declaró con lugar el amparo cautelar solicitado, ordenando la suspensión de los efectos de los actos administrativos recurridos.

Extracto de la motiva

La parte recurrente fundamentó su pretensión, entre otros, en los siguientes argumentos de hecho y de derecho: Que, en su condición de Concejal del Municipio Libertador, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1996 y el 15 de marzo de 1999, conjuntamente con otros concejales, votó a favor de levantar la objeción efectuada por la Contraloría Municipal a siete órdenes de pago mediante las cuales el Alcalde del Municipio Libertador del extinto Distrito Federal, ordenó la transferencia de aportes por parte del aludido Municipio al Instituto de Previsión Social del Concejal del Municipio Libertador (INPRECONCEJAL). Que “posteriormente la Dirección de Averiguaciones Administrativas, a través de actuaciones materiales de la Contraloría General de la República”, inició una averiguación administrativa, el último día hábil de trabajo en la Contraloría General de la República en el año 2001, y último día de vigencia del procedimiento para la determinación de responsabilidades administrativas establecido en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República vigente para ese momento. Que, el 23 de noviembre de 2004, bajo un supuesto régimen transitorio y en aplicación del procedimiento previsto en la derogada Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se declaró su responsabilidad administrativa y se le impuso una multa por doscientos ochenta y cinco mil seiscientos bolívares (Bs. 285.600,oo). Que el 30 de marzo de 2005, el ciudadano Contralor General de la República, haciendo una aplicación retroactiva del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional del Control Fiscal, mediante Resolución N° 01-00-062 del 30 de marzo de 2005, destituyó a la ciudadana Ziomara del Socorro Lucena Guédez, del cargo de Directora Nacional de Comunidades Educativas y la inhabilitó para el ejercicio de funciones públicas por el período de tres años. Que contra dicho acto administrativo, ejerció recurso de reconsideración, el cual, mediante Resolución N° 01-00-173 del 28 de junio de 2005, fue declarado sin lugar por el Contralor General de la República.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso de nulidad interpuesto por Ziomara del Socorro Lucena Guédez contra la Resolución N° 01-00-173 del 28 de junio de 2005, dictada por el Contralor General de la República, y se ordena la suspensión de los efectos de dicha resolución y de la Resolución N° 01-00-062 del 30 de marzo de 2005, así como la restitución de la recurrente en el ejercicio de sus funciones.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadamparo cautelarderecho a la defensadebido procesosanciones administrativasContraloría General

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca