Sentencia N° 1264 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de octubre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1264, Exp. 10-0093, 01/10/2013
Expediente10-0093
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2013-10-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara la nulidad del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, argumentando que dicha disposición contraviene el principio de autonomía del poder judicial y la interpretación vinculante de la Sala Constitucional. Se establece que la norma impone a los jueces de la jurisdicción laboral la obligación de seguir criterios establecidos por la Sala de Casación Social, lo que limita su capacidad de decisión autónoma en casos concretos. La Sala concluye que esta imposición es incompatible con el diseño del Estado de Derecho y de Justicia establecido en la Constitución.

Extracto de la motiva

La Sala ha establecido que la última parte de la aludida disposición del artículo 335 de la Carta Magna constituye una obligación para el juez –en lo que respecta a la regla del derecho- dada por una directiva racional, dotada de autoridad, cuyo incumplimiento se sanciona con la nulidad de la sentencia dictada; así pues, en sentencia núm. 1.314/2002 del 19 de junio, se precisó lo siguiente: “El a quo no se atuvo a la doctrina de la Sala antes transcrita, y violentó el procedimiento establecido para la tramitación del juicio de amparo, pues, de acuerdo con la doctrina antes transcrita, dicho procedimiento era de obligatorio cumplimiento, ya que de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las interpretaciones que establezca esta Sala son vinculantes para las otras Salas de este Tribunal y para los demás Tribunales de la República. Las violaciones reiteradas del procedimiento establecido por esta Sala para la tramitación del juicio de amparo son de tal entidad, que resulta desvirtuado en su totalidad el espíritu y propósito la sentencia dictada por esta Sala, la cual encuentra sustento en el nuevo orden constitucional instituido, y en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que mira al proceso como un instrumento fundamental para la realización de la justicia, además de transgredir el artículo 49 de la Constitución relativo al derecho que tenían las partes, en el juicio de amparo, a la defensa, al acceso al órgano jurisdiccional y a un proceso debido, es decir, con todas las garantías que exige la tutela judicial efectiva. La conducta observada por el juzgado a quo es violatoria de los artículos 24, 26, 334 y 335, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referidos a la aplicación inmediata de las normas en los procesos que estén en curso; al derecho de acceso a la justicia; al derecho de ampararse ante los tribunales; a la obligatoriedad judicial de asegurar la integridad de la Constitución; a la vinculación obligatoria a la interpretación de las normas y principios constitucionales desarrollados por esta Sala Constitucional.

Dispositiva

PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la acción de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto por el abogado HENRY PEREIRA GORRÍN, actuando en su propio nombre, contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.504 Extraordinario del 13 de agosto de 2002. SEGUNDO: Por orden público constitucional decidió ejercer el control concentrado de la constitucionalidad del ARTÍCULO 177 de la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO. TERCERO: La NULIDAD DEL ARTÍCULO 177 de la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO. CUARTO: Se ORDENA la publicación del presente fallo en la Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el siguiente título: DECISIÓN QUE ANULA EL ARTÍCULO 177 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO. De igual manera, se ordena reseñar la decisión en el portal web de este máximo Tribunal, bajo el mismo título.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadLey Orgánica Procesal del Trabajoautonomía judicialjurisprudencia

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