Sentencia N° 1264 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1264, Exp. 09-0114, 07/10/2009
Expediente09-0114
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-10-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la inadmisión de la demanda de amparo constitucional interpuesta por Ignacio Pérez Hernández contra la sentencia del Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. La Sala fundamenta su decisión en la falta de agotamiento de los recursos ordinarios por parte del demandante, quien no apeló la decisión del tribunal inferior, lo que constituye una causal de inadmisión según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala ha establecido, en reiteradas decisiones, las condiciones en las cuales opera la demanda de amparo constitucional, en los siguientes términos: ...es criterio de esta Sala, tejido al hilo de los razonamientos precedentes, que la acción de amparo constitucional opera bajo las siguientes condiciones: a) Una vez que los medios judiciales ordinarios han sido agotados y la situación jurídico constitucional no ha sido satisfecha; o b) Ante la evidencia de que el uso de los medios judiciales ordinarios, en el caso concreto y en virtud de su urgencia, no dará satisfacción a la pretensión deducida. La exigencia del agotamiento de los recursos a que se refiere el aludido literal a), no tiene el sentido de que se interponga cualquier recurso imaginable, sino sólo los que permitan reparar adecuadamente lesiones de derechos fundamentales que se denuncian.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: la INADMISIÓN de la demanda de amparo constitucional que incoó el ciudadano IGNACIO PÉREZ HERNÁNDEZ contra la actuación jurisdiccional que emitió, como juzgado de primera instancia constitucional, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 8 de enero de 2009. Publíquese, regístrese y Archívese el expediente.