Sentencia N° 1262 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1262, Exp. 14-0576, 07/10/2014
Expediente14-0576
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por los ciudadanos Rubén Navarro y Alberto Molero contra la sentencia Nº 69 del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental. La Sala fundamenta su decisión en que la sentencia objeto de revisión ya había sido confirmada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, lo que la hace firme y no susceptible de revisión. Además, se destaca que la revisión constitucional se basa en la interpretación de normas y principios constitucionales, y en este caso, no se evidenció un error grave en la aplicación de la ley por parte del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

La decisión Nº 69, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental con sede en Maracaibo, estado Zulia, el 31 de mayo de 2007, estableció lo siguiente: “Vistos los términos en que ha quedado planteada la controversia, observa el Tribunal que fue suficientemente demostrado en las actas procesales mediante las pruebas identificadas como b.5), b.6), b.7), b.8), b.9), b.10), b.119, b.12) y e) la cualidad de funcionarios públicos de carrera y de representantes sindicales que alegan los querellantes, en los términos expuestos en su escrito, situaciones jurídicas que fueron aceptadas y reconocidas expresamente por las apoderadas judiciales del Instituto Nacional de Canalizaciones (.I.N.C.) en la contestación, por lo que los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBÉN DARÍO NAVARRO REYES y ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA estaban investidos de la estabilidad en el ejercicio de sus funcionas establecida en el artículo 30 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y del fuero sindical consagrado en el artículo 95 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela donde se consagra la protección de inamovilidad o fuero sindical que gozan los promotores, promotoras e integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales durante el tiempo y las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión planteada por los ciudadanos RUBEN NAVARRO y ALBERTO MOLERO, contra la sentencia Nº 69, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental con sede en Maracaibo, estado Zulia, el 31 de mayo de 2007. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

revisiónsentencialaboralsindicalinadmisible

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