Sentencia N° 1262 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de septiembre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1262, Exp. 13-0778, 26/09/2013
Expediente13-0778
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2013-09-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica de Cultura, sancionada por la Asamblea Nacional el 13 de agosto de 2013. La decisión se fundamenta en el artículo 203 de la Constitución, que establece las condiciones para que una ley sea considerada orgánica. La Sala concluyó que la Ley cumple con los requisitos establecidos, ya que desarrolla principios y derechos culturales fundamentales, y sirve de marco normativo para otras leyes en la materia.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Constitucional determinar su competencia para pronunciarse acerca de la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica de Cultura, sancionada por la Asamblea Nacional en sesión ordinaria del día 13 de agosto de 2013, a tenor de la solicitud que fue planteada por el ciudadano Presidente de ese cuerpo legislativo nacional. En tal sentido, se observa que, de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a la Sala Constitucional corresponde determinar, mediante un control constitucional a priori, si revisten el carácter invocado las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas. En atención a tal disposición del Texto Fundamental, en concordancia con lo previsto en el numeral 14 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, según el cual corresponde a esta Sala Constitucional determinar, antes de su promulgación, la constitucionalidad del carácter orgánico de las leyes que sean sancionadas por la Asamblea Nacional, o de los decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley que sean dictados por el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros; y en completa correspondencia con la jurisprudencia que, sobre este aspecto, ha venido elaborando esta Sala Constitucional (cfr. entre otras, sentencias n 537/2000, 811/2001, 1.716/2001, 2.541/2001 y 751/2013) a ella corresponde el conocimiento del presente asunto. Así se decide.
Dispositiva
Declara la CONSTITUCIONALIDAD DEL CARÁCTER ORGÁNICO DE LA LEY ORGÁNICA DE CULTURA, sancionada por la Asamblea Nacional el 13 de agosto de 2013. Publíquese y regístrese. Remítase copia certificada de la presente decisión al Presidente de la Asamblea Nacional. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
Ley Orgánica de Culturaconstitucionalidadcarácter orgánico