Sentencia N° 1262 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1262, Exp. 10-0006, 26/07/2011
Expediente10-0006
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-07-26
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su incompetencia para conocer de la solicitud de avocamiento presentada por el apoderado judicial de Luis Alberto Rojas Araque, en relación al procedimiento de entrega material que cursa en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. La Sala declina la competencia en la Sala de Casación Civil para que esta conozca de la solicitud.
Extracto de la motiva
Para decidir acerca de su competencia para conocer de la solicitud de avocamiento formulada en esta oportunidad, la Sala observa: El artículo 31.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, señala que son competencias comunes de cada Sala del Tribunal Supremo de Justicia solicitar de oficio, o a petición de parte, algún expediente que curse ante otro tribunal y avocarlo en los casos que dispone esta ley. En consecuencia, esta Sala es competente para avocarse una causa, siempre que se presuma -con fundamento- que en ésta existe la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución.
Dispositiva
1.- INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de avocamiento del procedimiento de entrega material que cursa en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente No. 22.140, planteada por el apoderado judicial del ciudadano LUIS ALBERTO ROJAS ARAQUE. 2.- Declina la COMPETENCIA en la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia para conocer de dicha solicitud, por lo que, se ordena remitir de inmediato el presente expediente.
Palabras clave
avocamientotutela judicial efectivacompetenciasentenciaprocedimientoentrega material