Sentencia N° 1260 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de junio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1260, Exp. 05-0472, 17/06/2005
Expediente05-0472
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-17
DecisiónSolicita informe

Resumen

La Sala Constitucional revisa un caso relacionado con la solicitud de suspensión condicional de pena presentada por Richard Nodarxe Rivero Fuemayor, condenado a seis años, dos meses y veinte días por robo agravado. El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal obvió el procedimiento de apelación, lo que genera dudas sobre la firmeza de la decisión. La Sala solicita al tribunal que informe si la decisión está definitivamente firme en un plazo de cinco días.

Extracto de la motiva

Visto que, mediante Oficio número 508 del 3 de marzo de 2005, el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, remitió a esta Sala Constitucional, original de la decisión dictada el 3 de marzo de 2005, con ocasión de la solicitud de suspensión condicional de la pena, presentada por los abogados no identificados en autos, del ciudadano RICHARD NODARXE RIVERO FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad número 13.882.706, condenado a cumplir la pena de prisión de seis (6) años, dos (2) meses y veinte (20) días, por la comisión del delito de robo agravado en grado de continuidad, a los fines de su revisión por parte de esta Sala en virtud de la desaplicación por control difuso del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Visto que, el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, obvió el cumplimiento del procedimiento previsto en el artículo 499 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a la oportunidad de las partes para que ejerzan su derecho de apelación contra la decisión dictada el 3 de marzo de 2005, por el referido Tribunal, que declaró con lugar la suspensión condicional de la ejecución de la pena, atentando contra el principio de la tutela judicial efectiva y contra los derechos a la defensa y al debido proceso de las partes.

Dispositiva

SOLICITA al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, que informe dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente fallo, si la decisión sometida a revisión se encuentra definitivamente firme.

Palabras clave

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