Sentencia N° 126 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de febrero de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 126, Exp. 10-1058, 25/02/2011
Expediente10-1058
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-02-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado Miguel Ángel Romero Cuartin, respecto a la decisión núm. 84 de la Sala de Casación Civil. La Sala argumenta que el solicitante no presentó la copia certificada del fallo impugnado, incumpliendo así con los requisitos establecidos para la revisión. Se enfatiza que es responsabilidad del solicitante aportar la decisión a ser revisada, y que la falta de este documento conlleva a la inadmisibilidad de la solicitud.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente solicitud de revisión. A tal efecto, se advierte que el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, le atribuye a esta Sala Constitucional la potestad de 'revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva'. Tal potestad de revisión de decisiones definitivamente firmes abarca tanto fallos que hayan sido pronunciados por los tribunales de la República (artículo 25, cardinal 10 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) como por las demás Salas de este Alto Tribunal (artículo 25, cardinal 11 eiusdem), pues la intención final es que la Sala Constitucional ejerza su atribución de máximo intérprete de la Constitución, según lo que establece el artículo 335 del Texto Fundamental.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado MIGUEL ANGEL ROMERO CUARTIN, de la sentencia núm. 84 dictada por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal el 13 de abril de 2000. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.