Sentencia N° 1259 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1259, Exp. 10-0842, 26/07/2011
Expediente10-0842
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Tribunal Superior Marítimo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de resarcimiento de daños morales presentada por María José Rodríguez Fernández contra TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. La Sala concluyó que la decisión del Tribunal Marítimo incurrió en una indebida aplicación de la ley al condenar por daño moral, ya que no se probó un acto ilícito que justificara dicha indemnización. Se determinó que la responsabilidad del transportista aéreo debe regirse por las normas específicas de la Ley de Aeronáutica Civil y el Convenio de Varsovia, que limitan la responsabilidad del porteador en casos de daños derivados de la prestación del servicio de transporte aéreo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de revisión, observó que la decisión del Tribunal Superior Marítimo no se ajustó a derecho al aplicar erróneamente las normas del Código Civil en lugar de las disposiciones específicas de la Ley de Aeronáutica Civil. Se enfatizó que la responsabilidad del transportista aéreo está sujeta a un régimen especial que limita la indemnización por daño moral, y que la falta de cumplimiento de un contrato de transporte no puede ser equiparada a un acto ilícito que justifique una condena por daño moral. La Sala concluyó que la sentencia revisada contravino criterios vinculantes establecidos en decisiones anteriores de esta misma Sala, lo que llevó a declarar la nulidad de la decisión del Tribunal Marítimo y a ordenar que se dicte una nueva decisión conforme a la doctrina de la Sala.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional formulada por los abogados Rafael Badell Madrid, Álvaro Badell Madrid, Nicolás Badell Benítez y Roland Pettersson Stolk, apoderados judiciales de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A, -TRANS. AM S.A., supra identificada, de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, el 1 de febrero de 2010, que declaró parcialmente con lugar la apelación ejercida por los solicitantes; parcialmente con lugar la demanda de resarcimiento de daños morales incoada por la ciudadana María José Rodríguez Fernández y condenó a la empresa solicitante a pagar a la referida ciudadana “la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (25.000,00), por concepto de daño moral”, con ocasión de un contrato de transporte aéreo celebrado entre las partes. En consecuencia, se ANULA la referida decisión y se ORDENA al referido Juzgado, constituido de manera accidental, dicte nueva decisión, conforme a lo señalado en el presente fallo.
Palabras clave
responsabilidad civildaño moraltransporte aéreoLey de Aeronáutica CivilConvenio de Varsovia