Sentencia N° 1257 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1257, Exp. 11-0621, 26/07/2011
Expediente11-0621
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-26
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por Jesús Ramón González Alaña, quien solicitaba la entrega de un vehículo incautado por la Guardia Nacional. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar la apelación contra la decisión que negó la entrega del vehículo, argumentando que la identificación del mismo era confusa y cuestionable. Los abogados del accionante alegaron que el vehículo le pertenecía y que la decisión de la Corte de Apelaciones violaba sus derechos a la propiedad y al debido proceso.
Extracto de la motiva
El amparo constitucional que nos ocupa fue interpuesto contra la decisión dictada el 28 de febrero de 2011 por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual declaró sin lugar la apelación ejercida por el accionante contra la decisión dictada el 14 de enero de 2011 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal y, en consecuencia, confirmó la decisión apelada, motivo por el cual esta Sala es competente para conocer del amparo ejercido; y así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS el amparo constitucional interpuesto por los apoderados judiciales del ciudadano JESÚS RAMÓN GONZÁLEZ ALAÑA, contra la decisión dictada el 28 de febrero de 2011 por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
Palabras clave
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