Sentencia N° 1256 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de junio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1256, Exp. 05-0629, 17/06/2005
Expediente05-0629
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia Nº 1.040, dictada por la Sala Político-Administrativa, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por María Cristina Sánchez de Castillo, quien fue destituida como Juez Provisorio. La Sala consideró que la destitución no violó el derecho a la defensa y que el Consejo de la Judicatura actuó conforme a derecho al no esperar la decisión de un juicio penal pendiente. Finalmente, se declaró que la solicitud de revisión no procedía y se desestimó.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional observa que la solicitud de revisión se fundamenta en la alegación de que la sentencia impugnada incurrió en vicios de ilegalidad, específicamente en relación con la cuestión prejudicial y el silencio de pruebas. Sin embargo, se establece que el Consejo de la Judicatura actuó conforme a lo dispuesto en la Ley de Carrera Judicial y que la responsabilidad disciplinaria es autónoma respecto de la penal. La Sala concluye que no se ha demostrado que la decisión de destitución haya incurrido en los vicios alegados, por lo que se desestima la revisión solicitada.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por abogada MARÍA CRISTINA SÁNCHEZ DE CASTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.387 y titular de la cédula de identidad N° 3.650.628, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia Nº 1.040 de fecha 11 de agosto de 2004, dictada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de anulación ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional, contra la decisión dictada por el extinto Consejo de la Judicatura en fecha 22 de septiembre de 1993, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.652 Extraordinario del 13 de diciembre de 1993, mediante la cual la mencionada ciudadana fue destituida del cargo que ejercía como Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

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