Sentencia N° 1255 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de octubre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1255, Exp. 15-0513, 26/10/2015
Expediente15-0513
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-10-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de amparo constitucional interpuesta por Nancy Cohen Doneck contra la decisión del Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que había declarado con lugar un recurso de apelación. La Sala consideró que la apelación fue inadmisible, ya que se trataba de una sentencia interlocutoria que no ponía fin al proceso judicial. Se ordenó la suspensión de los efectos de la sentencia apelada hasta que se decida la demanda de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la decisión del Juzgado Superior Tercero, concluyó que la misma se extralimitó en sus funciones al admitir un recurso de apelación contra una sentencia interlocutoria. Se enfatizó que la apelación inmediata de sentencias interlocutorias fue eliminada por la reforma de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, lo que implica que tales decisiones deben ser impugnadas en el contexto de la sentencia definitiva. La Sala también destacó la importancia de la tutela judicial efectiva y el debido proceso, señalando que la decisión del Juzgado Superior generó un estado de indefensión para la parte actora.
Dispositiva
1. Que COMPETENTE para conocer la demanda de amparo. 2. Que ADMITE la demanda de amparo que incoó la ciudadana NANCY COHEN DONECK, contra la decisión que dictó Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional el 24 de abril de 2015. 3. ORDENA: 3.1. Notificar esta decisión a la Juez del Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, notificación que deberá acompañarse con copia de este auto y del escrito continente de la demanda de amparo, con la información de que podrá hacerse presente en la audiencia pública, cuyo día y hora serán fijados por la Secretaría de la Sala, para que exponga lo que estime pertinente acerca de la demanda de amparo constitucional a que se contraen las presentes actuaciones. Se le advertirá al notificado que su ausencia no será entendida como aceptación de los hechos que se le imputaron. 3.2. Notificar al Ministerio Público la apertura del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 3.3 Que la Juez del Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional notifique de esta decisión al ciudadano Daniel Salomón Estrin Kreimer, quien fuera la parte demandante en la causa originaria. Después del cumplimiento de esta actuación, el referido Juzgado informará inmediatamente de sus resultas a esta Sala Constitucional. 3.4. Fijar la audiencia pública correspondiente dentro de las noventa y seis (96) horas (cuatro -4- días) siguientes a la práctica de la última de las notificaciones que se están ordenando. 4. ACUERDA la medida cautelar que se solicitó. En consecuencia, se suspenden los efectos de la sentencia que expidió el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional el 24 de abril de 2015, hasta tanto se decida la demanda de amparo bajo examen. 5. ORDENA a la Secretaría de la Sala que oficie a la Juez del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, para que dentro del lapso establecido remita copia certificada del expediente n.° AP-51-V-2013-024492, contentivo del juicio de partición y liquidación de la comunidad conyugal seguido por el ciudadano Daniel Salomón Estrin Kreimer contra la ciudadana Nancy Cohen Doneck. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalsentencia interlocutoriatutela judicial efectivadebido proceso