Sentencia N° 1255 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de junio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1255, Exp. 06-0254, 26/06/2006
Expediente06-0254
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por Fernando Roseliano Antequera contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La acción fue interpuesta el 21 de febrero de 2006, en relación a una decisión dictada el 28 de junio de 2004, que desestimó la apelación por daño moral y patrimonial. La Sala fundamenta su decisión en la caducidad de la acción, ya que el actor no ejerció el recurso de control de legalidad disponible.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la admisibilidad de la solicitud de amparo constitucional presentada, para lo cual previamente debe establecer su competencia para conocer de la misma. A tal efecto observa: Según la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, artículo 5.20, esta Sala es competente para conocer de las acciones autónomas de amparo constitucional contra las sentencias de última instancia dictadas por los Tribunales Contenciosos Administrativos, cuando su conocimiento no estuviere atribuido a otro tribunal. No señala el artículo 5 citado, la competencia de la Sala para conocer de los amparos cuando la sentencia de última instancia la dicte otro Juzgado Superior distinto a los Contenciosos Administrativos; sin embargo, como quiera que la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales no ha sido derogada y ella en su artículo 4 consagra el amparo contra sentencia, el cual debe interponerse ante un Tribunal Superior al que emitió el pronunciamiento, estima la Sala, que igualmente le compete conocer de dichas acciones de amparo, en virtud de ser la Sala, el Tribunal Superior.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por FERNANDO ROSELIANO ANTEQUERA, a través de su apoderado judicial, contra la sentencia dictada el 28 de junio de 2004, por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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