Sentencia N° 1253 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 1253, Exp. 22-0755, 15/12/2022
Expediente22-0755
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La sentencia N° 166 del 11 de noviembre de 2021, dictada por la Sala de Casación Penal, anuló de oficio todas las actuaciones a partir del auto del 24 de septiembre de 2019, por considerar que infringía principios jurídicos fundamentales y violaba derechos constitucionales. Se solicitó la revisión de esta sentencia por el abogado Jesús Alberto Rosales, apoderado de Gabriel Abusada James, argumentando que la decisión vulneraba la garantía de la cosa juzgada y los derechos humanos de los imputados.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que el artículo 336, numeral 10, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 25, numerales 10 y 11, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, atribuye a esta Sala la competencia para “revisar las sentencias definitivamente firmes que sean dictadas por los tribunales de la República, cuando hayan desconocido algún precedente dictado por la Sala Constitucional; efectuado una indebida aplicación de una norma o principio constitucional; o producido un error grave en su interpretación; o por falta de aplicación de algún principio o normas constitucionales” y; [r]evisar las sentencias dictadas por las otras Salas que se subsuman en los supuestos que señala el numeral anterior, así como la violación de principios jurídicos fundamentales que estén contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tratados, pactos o convenios internacionales suscritos y ratificados válidamente por la República o cuando incurran en violaciones de derechos constitucionales”, y como quiera que fue solicitada la revisión de la sentencia definitivamente firme, identificada con el N° 166, publicada el 11 de noviembre de 2021 por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, en el marco del recurso de casación interpuesto por la abogada Elizabeth Díaz, ya identificada y por las razones antes expuestas, esta Sala afirma su competencia para conocer de la solicitud aquí planteada y así lo declara. Señalados sucintamente los argumentos que sustentan la solicitud de autos, plasmado el fundamento de la sentencia cuya revisión se solicita y determinada la competencia para emitir pronunciamiento sobre el presente asunto, esta Sala estima que para emitir un pronunciamiento de fondo sobre la solicitud efectuada, requiere examinar la integralidad de las piezas, cuadernos, incidencias y actas que conforman el expediente contentivo de la causa instruida contra los ciudadanos Gabriel Abusada James; Elis Alfredo Elefteriu Fernández Baca y Henry Jesús Rivas Ojeda, identificados ut supra, integrantes de la empresa MEGAPACK DE VENEZUELA, C.A., con ocasión de la querella interpuesta por los representantes de la empresa INVERSIONES AXONES 2008, C.A.
Dispositiva
Se ordena a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua que recabe y remita a esta Sala la integralidad de las piezas, cuadernos, incidencias y actas que conforman el expediente contentivo de la causa instruida contra los ciudadanos Gabriel Abusada James, Elis Alfredo Elefteriu Fernández Baca y Henry Jesús Rivas Ojeda.