Sentencia N° 1252 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de octubre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1252, Exp. 09-0768, 07/10/2009
Expediente09-0768
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2009-10-07
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra el artículo 294 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Se establece la competencia de la Sala para conocer del recurso, reiterando lo sostenido en sentencias anteriores sobre la tramitación de recursos de nulidad. La decisión final es declarar competente a la Sala y ordenar el remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para el pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

En cuanto a la competencia para conocer de recursos como el presente, establece el numeral 1 del artículo 336 de la Carta Magna que es atribución de la Sala Constitucional “Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con esta Constitución”. Así mismo, el numeral 6 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone que corresponde a esta Sala: “Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el ejercicio del control concentrado de la constitucionalidad. La sentencia que declare la nulidad total o parcial deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, determinando expresamente sus efectos en el tiempo”. Atendiendo a las disposiciones antes transcritas, esta Sala se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.163 del 22 de abril de 2009. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, y los ciudadanos Ricardo Ludwig Estévez Mazza y Edgar José Valdivia, en representación de la asociación civil SÚMATE, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, ya identificados, contra el artículo 294 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.163 del 22 de abril de 2009 y, en consecuencia, ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto.

Palabras clave

inconstitucionalidadcompetenciaLey OrgánicaPoder Público MunicipalrecursoSala Constitucional

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