Sentencia N° 1251 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1251, Exp. 06-0694, 25/06/2007
Expediente06-0694
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por el Municipio Baruta. Se argumenta que el accionante no mostró interés en continuar con el proceso, ya que transcurrieron más de seis meses sin realizar ninguna solicitud o declaración que evidenciara su interés en la audiencia constitucional. La Sala considera que esta inactividad constituye un indicio de abandono del trámite, lo que lleva a la extinción de la instancia.

Extracto de la motiva

Ciertamente, resulta necesario destacar que el accionante al solicitar ante el órgano jurisdiccional la tutela de los derechos constitucionales, debe mantener a lo largo del proceso el interés en la obtención de la tutela urgente y preferente del amparo constitucional incoado, ya sea mediante escrito o diligencias que consten en el expediente, dado que la ausencia del impulso procesal durante el transcurso de más de seis (6) meses denotan el decaimiento de su interés en dicha pretensión. Por tanto, con fundamento en las consideraciones precedentes y visto que en el caso de autos la lesión denunciada no afecta a parte de la colectividad, sino que se refiere a la esfera particular del accionante en amparo, esta Sala declara que en el presente caso ha habido abandono del trámite, y, en consecuencia, terminado el procedimiento.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, respecto de la solicitud de amparo intentada por apoderados judiciales del MUNICIPIO BARUTA, contra la sentencia nº 2006-00715, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 23 de marzo de 2006, que modificó el fallo dictado, el 25 de noviembre de 2004, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana Mónica Antonieta Mendoza contra el Municipio Baruta del Estado Miranda.

Palabras clave

abandonos de tramiteamparo constitucionalinteres procesalmultaderechos constitucionalesnotificacionesCorte Segunda de lo Contencioso Administrativo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca