Sentencia N° 1250 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de junio de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1250, Exp. 03-2919, 30/06/2004
Expediente03-2919
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-06-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Edison Mujica en representación de Manuel Vicente Barroeta Rodríguez y Emilio Guerrero Pérez. La consulta se originó a raíz de una sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo y ordenó la anulación de una decisión anterior en relación a costas. La Sala decidió solicitar información adicional al Juzgado del Municipio Jiménez sobre la extemporaneidad de una apelación presentada en un juicio previo.
Extracto de la motiva
A los fines de pronunciarse sobre la presente consulta, visto que el actor denunció -entre otras cosas- en su escrito de amparo la extemporaneidad de la apelación interpuesta por la ciudadana Paula García Jiménez, apoderada de la demandante Maura Rosa Escalona de Ortiz contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 12 de agosto de 2002, en el juicio que por resolución de contrato instauró contra los ciudadanos Manuel Vicente Barroeta Rodríguez y Emilio Guerrero Pérez en el citado Juzgado, y, realizado un análisis de las actas que conforman el expediente, la Sala estima necesario requerir al Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 12 de agosto hasta el 31 de octubre de 2002.
Dispositiva
En atención a lo antes expuesto, esta Sala acuerda solicitar al citado Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remita en un lapso de cinco (5) días de despacho, a partir del recibo del oficio que a tales efectos se ordena librar, más el término de la distancia, la información solicitada, a los fines del pronunciamiento en alzada del amparo solicitado, y así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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