Sentencia N° 125 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0125, Exp. 21-0679, 19/02/2024
Expediente21-0679
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2024-02-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1154, declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por José Germán Muñoz Berroterán, en defensa de los derechos de sus hijos menores. La decisión dejó sin efecto el auto del 20 de agosto de 2021, que ordenaba la entrega de los niños a su madre, Yosiris del Valle Morillo Vivenes, y ordenó que los menores permanecieran bajo la custodia del padre hasta que se resolviera el recurso de apelación en curso. La Sala enfatizó la importancia del interés superior del niño en la resolución de conflictos de custodia.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Establecido lo anterior, determinada la competencia y siendo tempestiva la apelación tal como fue declarado en sentencia número 1154 del 11 de agosto de 2023, pasa a pronunciarse sobre la apelación ejercida por la ciudadana Yosiris del Valle Morillo Vivenes, tercera en el amparo y, al respecto, observa: Ahora bien, del escrito contentivo del amparo constitucional se observa que el ciudadano José Germán Muñoz Berroterán denunció la vulneración de los derechos a la defensa, al debido proceso, la tutela judicial, así como el interés superior de sus menores hijos y su bienestar, el derecho a la salud, al bienestar familiar, a la paz, a vivir dentro del seno de un hogar estable y sin violencia previsto en los artículos 26, 49, 78, 82, 83 y 84, en concordancia con los artículos 8 y 41 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por parte del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas que en su IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 13
Dispositiva
PRIMERO: se DEJA SIN EFECTO el auto de fecha 20 de agosto de 2021, que ordena la entrega voluntaria de los niños a su progenitora la ciudadana YOSIRIS DEL VALLE MORILLO VIVENES. SEGUNDO: se ORDENA amparar constitucionalmente a los niños a permanecer en la ciudad de Porlamar Estado Nueva Esparta, bajo el cuidado y protección de su progenitor hasta tanto sea tramitado y sentenciado el recurso de apelación ejercido contra la declaratoria con lugar de la oposición realizada a la medida que otorgó la custodia provisional al ciudadano JOSÉ GERMÁN MUÑOZ BERROTERÁN.
Palabras clave
amparocustodiainterés superior del niñoprotección de niñosderechos constitucionales