Sentencia N° 1249 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1249, Exp. 11-0388, 14/08/2012
Expediente11-0388
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-14
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los apoderados de MERCANTIL SEGUROS C.A. contra la sentencia n.° 000085 de la Sala de Casación Civil, que declaró perecido un recurso de casación. La Sala concluyó que la decisión de la Sala de Casación Civil fue correcta al no haberse presentado el escrito de formalización en el plazo establecido. Además, se argumentó que la revisión no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales.
Extracto de la motiva
La presente solicitud de revisión constitucional de sentencia, versa respecto a la decisión n.°: 000085, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el 15 de marzo de 2010, mediante la cual se declaró perecido el recurso de casación anunciado por SEGUROS MERCANTIL C.A., parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 16 de marzo de 2009, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en el juicio principal, y confirmó en todas sus partes la decisión del 31 de julio de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana Romelia Ríos Barreto contra MERCANTIL SEGUROS C.A., por considerar que, no fue presentado el correspondiente escrito de formalización.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los abogados Julio Dávila Cárdenas y Luis Aquiles Mejía Arnal, en su carácter de apoderados judiciales de MERCANTIL SEGUROS C.A., de la sentencia n.° 00085, que dictó la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 15 de marzo de 2010.
Palabras clave
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