Sentencia N° 1249 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 1249, Exp. 09-1176, 30/11/2010
Expediente09-1176
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2010-11-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de interpretación del artículo 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, presentado por los ciudadanos Ismael García y Juan José Molina. La decisión se fundamenta en la necesidad de aclarar las competencias del órgano legislativo en relación con la autorización de créditos adicionales al presupuesto nacional. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso y, tras analizar la inactividad de la parte actora, declaró consumada la perención del mismo.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala determinar su competencia para conocer de la interpretación constitucional solicitada y, al efecto, observa que en sentencia Nº 1.077 del 22 de septiembre de 2000 (caso: “Servio Tulio León”), esta Sala se declaró competente para conocer de las solicitudes de interpretación acerca del contenido y alcance de las normas y principios constitucionales, con fundamento en la cualidad que tiene esta Sala como garante máximo del respeto del Texto Fundamental, así como en los poderes que expresamente le han sido atribuidos para la interpretación vinculante de sus normas, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 336 eiusdem. Asimismo, se advierte tal competencia del artículo 25 numeral 17 de la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el cual dispone: “Artículo 25. Son competencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: …omissis… 17. Conocer la demanda de interpretación de normas y principios que integran el sistema constitucional”. En tal sentido, se observa que el presente recurso de interpretación versa sobre el contenido y alcance de la norma contenida en el artículo 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE y CONSUMADA LA PERENCIÓN en el recurso de interpretación interpuesto por los ciudadanos ISMAEL GARCÍA y JUAN JOSÉ MOLINA, asistidos por el abogado Carlos Eduardo Díaz Colmenares, antes identificados, del artículo 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.