Sentencia N° 1246 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1246, Exp. 15-0954, 15/08/2023
Expediente15-0954
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta por Luisa Valera Marín y otros contra la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La decisión se fundamentó en que los peticionarios no agotaron los medios procesales disponibles para cuestionar los actos jurisdiccionales que formaban su objeto, específicamente la oposición y apelación. La Sala confirmó la inadmisibilidad de las pretensiones de amparo, argumentando que no se cumplían los requisitos legales para la acumulación de pretensiones en el caso.

Extracto de la motiva

motiva expresa: (…ejusdem) decreta MEDIDA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, SOBRE LOS POTREROS PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO Y QUINTO, de un lote de terreno denominado ‘MI RECUERDO FUNDO GUARATALUPE’(…). Asimismo lo interpon[e], contra el auto de fecha 09 de Julio [rectius: 14 de julio de 2015], que negó la continuación de la causa principal, marcada ‘C’, contenida en el expediente 15-4426, en la Partición de los Bienes Sucesorales, de donde se deriva el la [sic] Garantía de Permanencia y la MEDIDA PROVISIONAL DE PR0TECCIÓN AGROALIMENTARIA SOBRE LOS POTREROS PRIMERO; SEGUNDO TERCERO, CUARTO Y QUINTO, de un lote de terreno denominado ‘Ml RECUERDO FUNDO GUARATALUPE’ que esta anclado en el Fundo Guaratalupe, con fundamento en la violación a sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, a la defensa, al debido proceso y dirigir peticiones que acogieron los artículos 26, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El 31 de julio de 2015, el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda y Vargas declaró la inadmisibilidad de la pretensión de amparo. En esa misma oportunidad,

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR la apelación que interpuso la parte actora contra el fallo que dictó el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda y Vargas el 31 de julio de 2015. SEGUNDO: CONFIRMA, en los términos expuestos, la decisión objeto de apelación que negó la admisión de las pretensiones de tutela constitucional que incoaron los ciudadanos LUISA VALERA MARÍN, ELVIRA BONIFACIA VALERA MARÍN, ÁNGEL ERNESTO VALERA MARÍN y ELIDE MARÍA VALERA MARÍN contra los actos de juzgamientos que dictó el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y estado Miranda, el 09 de julio de 2015 y el 14 de julio de 2015.

Palabras clave

medida provisionalprotección agroalimentariapartición de bienestutela judicialderechos constitucionales

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