Sentencia N° 1245 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1245, Exp. 23-0719, 05/12/2024
Expediente23-0719
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-12-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Manuel Antonio Bognanno Palmares en representación de Juan Alexander Ventura. La acción fue contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró la nulidad de una decisión anterior del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas. La Sala consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones no cumplió con los requisitos de motivación y vulneró derechos fundamentales del demandante, por lo que se declaró con lugar la acción de amparo y se anuló la decisión impugnada.

Extracto de la motiva

Que “la razón por la cual la Sala agraviante declara la nulidad absoluta de la decisión de fecha veinticinco (25) de mayo de 2023, es presuntamente la inmotivación de la decisión, dado a que de acuerdo a su criterio la decisión recurrida no indicó los argumentos de hecho y de derecho que sustentaron los motivos por el cual lo peticionado por la defensa era parcialmente con lugar y porque consideró útiles, necesarias y pertinentes las diligencias de investigación negadas por el Despacho Fiscal, y en tal sentido anula la decisión dictada así como las actuaciones subsiguientes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, indicando además que, dicha nulidad conlleva la de los actos conexos que del mismo emanaren o dependieren, a tenor de lo establecido en el artículo 180 del Código Orgánico Procesal Penal, era perfectamente lógico asumir la consecuencia jurídica necesaria, que corresponde a la reposición de la causa al estado de que otro órgano jurisdiccional se pronuncie respecto a las solicitudes del control judicial, sin embargo, la mayoría sentenciadora obvió en su parte dispositiva la consecuencia jurídica de la nulidad absoluta decretada, que es de obligatorio cumplimiento y más aún, cuando la referida nulidad está fundada en una garantía establecida en favor del imputado, relativa al derecho a la defensa y al debido proceso.”

Dispositiva

Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo ejercida por el abogado Manuel Antonio Bognanno Palmares, en condición de defensor privado del ciudadano Juan Alexander Ventura, contra la decisión dictada del 30 de junio de 2023, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital. Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Manuel Antonio Bognanno Palmares, en condición de defensor privado del ciudadano Juan Alexander Ventura, contra la decisión dictada del 30 de junio de 2023, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital.

Palabras clave

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