Sentencia N° 1245 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1245, Exp. 13-0644, 16/08/2013
Expediente13-0644
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-08-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado Roso Antonio Castillo López, en representación de varios ciudadanos, respecto a una sentencia anterior de la Sala de Casación Social. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de acreditación de la representación judicial, ya que el abogado no presentó copia certificada del poder correspondiente, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

En virtud de las anteriores consideraciones, y por cuanto la abogada Claribel Castillo Meza no acreditó la representación que alegó tener, la revisión constitucional bajo análisis resulta inadmisible de conformidad con lo que preceptúa el artículo 133, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide (Negritas de este fallo). Bajo estos supuestos, esta Sala estima necesario insistir respecto a que con la solicitud de revisión debe, necesariamente, consignarse original o copia certificada del poder de quien se atribuya la representación judicial de otro, “so pena” de la declaratoria de inadmisión de la solicitud, todo ello en razón de que no debe existir duda acerca de dicha representación en cuanto a los efectos jurídicos en cabeza de aquel que podría no haber conferido tal cualidad a quien hubiere actuado en su nombre, por cuanto en estos procesos no existe una contraparte que pueda impugnar los documentos que sean traídos a los autos en copia simple con la solicitud de revisión, por lo que el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil no es aplicable.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión formulada por el abogado Roso Antonio Castillo López, quien adujo el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO JOSÉ FEREDA ANGULO, VALENTÍN ALFREDO PÉREZ, ROBERTO RAFAEL APONTE MORENO, EULOGIO AÑANGUREN MAMBEL, FRANCISCO JAVIER NIEVES ABREU, VIDAL JOSÉ RAMOS VILLARROEL, MANUEL ANTONIO CISNEROS, WILLIAM EDUARDO BLANCO RIVAS, MIGUEL ANTONIO CARRERA, NERIS DEL ROSARIO MÁRQUEZ DE DÍAZ, VILMA MARISE BRACOVICH DOMÍNGUEZ e ISIDRO RAFAEL PRADO, de la sentencia n.° 1649, dictada, el 19 de diciembre de 2012, por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal.

Palabras clave

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