Sentencia N° 1245 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de junio de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1245, Exp. 02-2509, 30/06/2004
Expediente02-2509
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-06-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió un conflicto constitucional planteado por concejales del Municipio Cedeño del Estado Monagas contra la Gobernación del Estado. Los accionantes alegaron que el Gobernador ignoró sus comunicaciones sobre la suspensión del Alcalde y la entrega de recursos económicos, lo que transgredía su derecho al libre ejercicio de la función pública. La Sala, tras revisar el expediente, constató que la causa había estado paralizada por más de un año, lo que llevó a declarar consumada la perención de la instancia y extinguida la causa.

Extracto de la motiva

La presente causa, contentiva del supuesto conflicto constitucional antes referido, se encuentra paralizada desde el 14 de marzo de 2003, cuando el apoderado judicial de los actores solicitó la confirmación de las notificaciones ordenadas por la Sala, y que hasta el presente, ha transcurrido más de un año sin que se produjera durante dicho lapso actividad procesal alguna. Ahora bien, conforme a lo preceptuado en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, “(...)la instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan estado paralizadas por más de un (1) año, a partir de la fecha en que se haya realizado el último acto de procedimiento, debiendo declararse la perención de oficio o a instancia de parte.” De allí que, de acuerdo con el mencionado dispositivo legal, la institución procesal de la perención de la instancia, como forma de extinción del proceso, ocurre por la objetiva circunstancia de que la causa haya permanecido paralizada por más de un año, lo que en efecto, se desprende ha ocurrido en el presente caso, dado que ha transcurrido un lapso mayor al de un año establecido en el citado artículo 20, razón por la cual resulta forzoso declarar consumada la perención de la instancia.

Dispositiva

Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el procedimiento seguido con ocasión del “...conflicto constitucional suscitado en el Poder Ejecutivo del Municipio Cedeño del Estado Monagas...”, planteado por los ciudadanos DANIEL RODRÍGUEZ, JESÚS EVARISTE, CARLOS MORFFE, NANCY FEBRES, IVELISE DEL VALLE ROMERO LEONET y JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ, con el carácter de concejales del Municipio Cedeño del Estado Monagas, los cinco (5) primeros, y con el de Alcalde interino de dicho Municipio, el último.

Palabras clave

conflicto constitucionalautonomía municipalperención de instanciaderecho al sufragioactos administrativosGobernación del Estado MonagasCámara Municipalrecursos económicos

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