Sentencia N° 1244 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de septiembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1244, Exp. 09-0685, 30/09/2009
Expediente09-0685
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-09-30
DecisiónIMPROCEDENTE in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Joel Gómez Cordero, en representación de Luis Alejandro Castillo Pérez. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales debido a la inadmisibilidad de un recurso de apelación por parte de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La Sala determinó que la decisión de la Corte de Apelaciones se ajustó a la normativa vigente, que establecía la improcedencia del recurso de apelación en este caso específico.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que en el caso sub júdice, la Corte de Apelaciones dictó sentencia acorde con la norma penal adjetiva vigente para ese entonces, la cual expresamente señalaba la improcedencia del recurso de apelación contra el auto que negaba tal solicitud. Por ello aprecia la Sala que no constan en autos suficientes elementos que evidencien que la actuación de la referida Corte de Apelaciones configure alguno de los supuestos de incompetencia, abuso de autoridad y extralimitación de funciones, previstos en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la pretensión de amparo propuesta por el abogado José Joel Gómez Cordero, actuando con el carácter de defensor privado, según consta en acta de designación y juramentación inserta en actas, del ciudadano LUIS ALEJANDRO CASTILLO PÉREZ, contra la sentencia dictada el 30 de abril de 2009 por la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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