Sentencia N° 1240 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de junio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1240, Exp. 04-0425, 22/06/2006
Expediente04-0425
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-06-22
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de ejecución forzosa del fallo N° 174/2005 presentada por César Ismael Millán, quien alegaba que no se le permitía reincorporarse a sus funciones como concejal. La Sala declaró que no había lugar a la solicitud, argumentando que no existían derechos políticos que tutelar debido a la finalización de las elecciones. Además, se abordaron varias solicitudes de extensión de efectos del fallo N° 2444/2004 por parte de otros legisladores, las cuales fueron declaradas inadmisibles o improcedentes por no cumplir con los requisitos establecidos en la decisión original.

Extracto de la motiva

El ciudadano César Ismael Millán solicitó la ejecución forzosa del fallo N° 174/2005, mediante el cual se le ordenó al Concejo del Municipio Sucre del Estado Miranda que, al iniciar sus sesiones, convocara al solicitante para que ejerciera las funciones propias de su condición de concejal. Al respecto, se debe destacar que la decisión cuya ejecución se solicita estaba destinada a proteger dos aspectos de la condición de concejal activo: la protección de los derechos laborales y la tutela de los derechos políticos; no obstante, según el fallo N° 174/2005, los actos administrativos dictados por el Contralor General de la República les impedía a los representantes populares reelegirse a los cargos en los procesos comiciales de 2005, y el ciudadano César Ismael Millán no es la excepción. Al ser ello así, visto el contenido de la Resolución N° 01-00-103 del 1° de diciembre de 2003, dictada por el Contralor General de la República en contra del ciudadano César Ismael Millán, y teniendo en cuenta que ya se efectuaron las elecciones para alcaldes y concejales, es evidente que respecto de los derechos políticos del solicitante no existe nada que tutelar y la tutela de los derecho laborales debe realizarse ante el contencioso funcionarial mediante los recursos establecidos al efecto, razón por la cual esta Sala declara que NO HA LUGAR en derecho la solicitud realizada. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO HA LUGAR la solicitud de ejecución forzosa del fallo N° 174/2005 realizada por el ciudadano César Ismael Millán. SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud de extensión de efectos del fallo N° 2444/2004 realizada por los ciudadanos Juan Ignacio Romero, Henry Humberto Rosales y Luis Herrera. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de extensión de efectos del fallo N° 2444/2004 realizada por los ciudadanos Tomás Urbano Barreto, José Omar Panza y Omar José Marcano Rodríguez. CUARTO: FINALIZADA la posibilidad de que a petición de parte los efectos del fallo N° 2444/2004 puedan extenderse a los actos administrativos dictados por el Contralor General de la República sin necesidad de que medie procedimiento alguno, circunstancia que se hará del conocimiento público mediante cartel colocado en la Secretaría de la Sala. Publíquese y regístrese. Notifíquese de la presente decisión al Contralor General de la República y al Presidente del Conseja Nacional Electoral. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

ejecucion forzosaderechos laboralesderechos politicossanciones administrativaslegisladoresamparoextensibilidad de efectos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca