Sentencia N° 124 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de marzo de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0124, Exp. 22-0738, 10/03/2023
Expediente22-0738
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-03-10
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 000319/2022 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado con lugar un recurso de casación interpuesto por Carmen Elisa Fuentes de Rincón. La Sala Constitucional determinó que la decisión de la Sala de Casación Civil no incurrió en errores que justificaran la revisión, ya que actuó conforme a derecho al anular las sentencias previas y reponer la causa al tribunal competente por la cuantía. La Sala concluyó que no había lugar a la revisión solicitada, reafirmando la competencia del tribunal de municipio en este caso.
Extracto de la motiva
motivación en el contenida, y sin efectuar análisis alguno de las infracciones delatadas, y de las probanzas cursantes en autos, así como los alegatos de las partes, estructura de manera muy conveniente para el recurrente una única denuncia, la cual resuelve estableciendo de manera errónea, una nueva determinación de la cuantía, basada en el valor nominal del contrato de compra-venta estimándola en 2.555,00 UT, la cual al no exceder de 3.000.00 UT deduce que el Juzgado que debió conocer y decidir era el Juzgado de Municipio y no el de Primera Instancia que conoció y decidió, y por tanto acoge sin reservas la motivación del recurrente sobre la violación del Juez Natural establecida en el Artículo 49.4 Superior, (…), sin entrar a conocer ninguna de las tres denuncias…”(sic) (Negrillas y subrayado del escrito). Que “…la SCC declara con lugar el recurso sin declarar con lugar ninguna denuncia y sin señalar cuál es el vicio denunciado de forma independiente y detallada, sin especificar en qué parte de la sentencia recurrida, supuestamente se cometió el supuesto vicio que se le endilga, señalando de forma genérica que es en la sentencia, refiriéndose a toda, confundiendo los vicios de forma de la sentencia con los vicios de proced
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión planteada por el abogado Andrés Montaño Lanuza, con el carácter de representante judicial -según se evidencia en autos- de la ciudadana CARMEN ELISA FUENTES DE RINCÓN, de la sentencia N° 000319/2022 dictada el 9 de agosto de 2022, por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
casacióndebido procesojuez naturalnulidadtutela judicialinfraccionesderecho a la defensa