Sentencia N° 124 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0124, Exp. 21-0255, 03/06/2022
Expediente21-0255
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-06-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación contra una decisión del Juzgado Superior Cuarto que declaró con lugar una acción de amparo constitucional. La apelación fue interpuesta por el abogado Antonio Callaos Farra en representación de la tercera interesada, Nathalie Corona, contra la decisión del 7 de mayo de 2021. La Sala determinó su competencia para conocer la apelación y declaró que el recurso era tempestivo, ya que fue interpuesto dentro del plazo legal.

Extracto de la motiva

En su sentencia el a quo menciona que le fue consignado copia del escrito de partición amistosa de comunidad de gananciales suscrito por el ciudadano JORGE LÓPEZ VERGARA, debidamente representado por el abogado ANTONIO HÉRCULES HUNG, y la ciudadana NATHALIE CORONA FUENTES, a los fines de demostrar cuales eran los bienes que formaban parte y cuáles no de la comunidad de gananciales de ambos ciudadanos. Teniendo esto como fundamento de su decisión el a quo declaró con lugar la acción de amparo constitucional al estimar la presencia de “Doble Juzgamiento” ya que coliden las causas llevadas paralelamente por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, esta máxima instancia constitucional, con el objeto de formarse mejor criterio y en aras de dictar una decisión ajustada a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, se sirva de remitir una copia certificada del escrito de acuerdo de partición amistosa de comunidad de gananciales suscrito por el ciudadano JORGE LÓPEZ VERGARA, debidamente representado por el abogado Antonio Hércules Hung, y la ciudadana NATHALIE CORONA FUENTES, a los fines de que esta Sala pueda cotejar dicho documento con la sentencia de fecha 05 de noviembre de 2020 emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas relativa a una partición de la comunidad conyugal y de esta forma determinar la posible existencia del “Doble Juzgamiento” mencionado por el a quo.

Dispositiva

ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, se sirva de remitir una copia certificada del escrito de acuerdo de partición amistosa de comunidad de gananciales.

Palabras clave

amparo constitucionalapelaciónderechos fundamentales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca