Sentencia N° 124 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de enero de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 124, Exp. 04-0762, 31/01/2007
Expediente04-0762
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-01-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S) contra la decisión del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo de SEGUROS ALTAMIRA, C.A. La apelación se basó en la supuesta obligación de la empresa de realizar contribuciones al régimen de paro forzoso, lo cual fue considerado inconstitucional por la Sala debido a la falta de base legal tras la derogación del decreto que regulaba dicho régimen.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el cobro de dicha contribución, con posterioridad al 30 de diciembre de 2002, y hasta la oportunidad en que esta Sala declaró la ultra actividad del Decreto con Rango y Fuerza de Ley que Regula el Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral, el 2 de marzo de 2005, resultaba violatorio, tal como lo sostuvo la primera instancia constitucional, del principio de legalidad tributaria, reconocido por los artículos 317 de la Carta Magna, y 3 del Código Orgánico Tributario. En virtud de las consideraciones anteriores y con fundamento en las decisiones supra transcritas, esta Sala considera que el cobro de dicha contribución, con posterioridad al 30 de diciembre de 2002, y hasta la oportunidad en que esta Sala declaró la ultra actividad del Decreto con Rango y Fuerza de Ley que Regula el Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral, el 2 de marzo de 2005, resultaba violatorio, tal como lo sostuvo la primera instancia constitucional, del principio de legalidad tributaria, reconocido por los artículos 317 de la Carta Magna, y 3 del Código Orgánico Tributario.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación ejercida el 7 de noviembre de 2003 por el abogado Omar Hernández, apoderado judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S) contra la decisión dictada el 15 de septiembre de 2003 por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- CONFIRMA el fallo apelado que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Armando Manuel Duarte Santos, Bianca Gaviota Rivas Mesutti, Jennifer González Quintillán y Fernando José Valera Romero, apoderados judiciales de SEGUROS ALTAMIRA, C.A., contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S)., por la “liquidación de porcentajes correspondientes a las contribuciones por concepto de Paro Forzoso, correspondiente al mes de mayo de 2003”.

Palabras clave

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