Sentencia N° 1237 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1237, Exp. 11-0319, 26/07/2011
Expediente11-0319
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional interpuesta por Wilian José Guatarasma contra un fallo del Juzgado Superior en lo Civil, que había declarado inadmisible su solicitud. La Sala determinó que la apelación presentada por la parte actora fue extemporánea, ya que no se realizó dentro del lapso establecido por la ley. Además, se destacó que la parte demandante no presentó copia certificada del fallo objeto de la acción, lo que también contribuyó a la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

La decisión dictada, el 15 de noviembre de 2010, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró inadmisible la presente acción se amparo, se fundamentó en las consideraciones siguientes: Dentro de este contexto y de una revisión minuciosa de las actas procesales este sentenciador considera oportuno señalar los siguientes hechos para llegar a dictar el complemento del fallo en la presente causa: En aras de impartir la justicia, y de que se cumplan garantías constitucionales fundamentales como son el derecho a la defensa, el debido proceso, la tutela judicial efectiva y por los planteamientos realizados en la audiencia constitucional oral y pública este Tribunal actuando en Sede Constitucional debe señalar que para interponer la acción de amparo deben haberse agotado en principio todas las vías que la ley prevé para ello, y si con esto no se logra la finalidad propuesta, y se tiene o se está en presencia de una vulneración o transgresión de una norma de rango constitucional es cuando debe procederse entonces a la vía extraordinaria del amparo constitucional, para restablecer la situación jurídica infringida.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por la abogada Raquel Allen Velásquez en su carácter de apoderada judicial del ciudadano WILIAN JOSÉ GUATARASMA contra la decisión dictada, el 12 de noviembre de 2010 y publicada el 15 del mismo mes y año, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta contra el fallo dictado, el 27 de mayo de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas.

Palabras clave

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